El Senado aprobó por unanimidad el proyecto de ley enviado desde el Poder Ejecutivo, por el cual se establece la prohibición total de manejar un vehículo con cualquier nivel de alcohol en sangre.
Con un nivel de alcohol de 0,2 a 0,5 gramos por litro en el organismo aparecen "dificultades en la percepción de luces y señales" en el tránsito, sostuvo el miembro informante, Dr. Marcos Carámbula. Con un nivel de 0,5 a 0,8 gramos por litro "comienzan a apreciarse de forma equivocada las distancias, se reduce la capacidad de los ojos para adaptarse a condiciones de luz cambiantes y disminuye la sensibilidad a la luz roja", agregó el legislador.
La fundamentación está basado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la cual subraya que el consumo de alcohol aumenta el riesgo de siniestros de tránsito aun cuando sea ingerido en cantidades pequeñas.
Fue en el año 1994 que se estableció por primera vez la tasa de 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre, para los conductores. Con el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, en el año 2007, la ley 18.191 planteó un proceso gradual para bajar ese nivel a 0,3 gramos por litro, y se extendió la tasa cero a los conductores profesionales.
El control y reducción del consumo abusivo de alcohol también se viene trabajando en la Comisión Multipartidaria convocada desde Presidencia de la República, donde todos los actores involucrados, desde la oposición política al sector empresarial y gremial, han realizado aportes sobre el tema.
Desde la presidencia de UNASEV se ha señalado que 1500 familias uruguayas tienen un lesionado porque alguien alcoholizado los lesionó en el tránsito. Esto supone que alrededor de un 5 a 6% de conductores alcoholizados participan en siniestros viales. Antes del 2007 esa cifra se elevaba a un 26%.
El proyecto de ley pasó a la Cámara de Representantes.