La Juez de Paz Departamental de Tercer turno condenó a tres ciudadanos uruguayos por haber incurrido en faltas de tránsito vehicular en diferentes circunstancias.
Los mismos deberán prestar trabajo comunitario por el término de 7 días, dos horas por día, tras la sentencia como autores responsables de la falta prevista en el Artículo 6, inciso 2 de la Ley Nº 19120, conducir vehículos motorizados sin la autorización correspondiente.